03.06.2014 | Legales | PRECARIZACIÓN LABORAL
Promulgan las leyes para prevenir el fraude laboral
Las normas 26.940 y 26.941 establecen nuevas herramientas para disminuir el empleo ilegal, que, de acuerdo a las cifras del Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC), involucra a más de tres millones de personas.
Las compañías incluidas son aquellas que tienen hasta cinco trabajadores, no son sociedades anónimas y ostentan un cierto nivel de facturación anual. El objetivo es disminuir la cantidad de trabajadores que cumplen sus tareas sin aportes ni obra social.
Los beneficios podrán ir desde una reducción en las contribuciones patronales de hasta 50 por ciento de manera permanente hasta un límite en las cuotas que pueden cobrar las ART.
Asimismo, se generará un Registro Público de Empleadores con Sanciones Laborales para incluir a las firmas que no blanqueen a sus trabajadores o contraten niños o adolescentes fuera de los límites legales.
Cabe señalar que las sanciones a las infracciones leves pueden ser apercibimiento laboral o multas de entre el 25 al 150 por ciento del valor mensual del salario mínimo, vital y móvil.
Por otra parte, las infracciones graves se sancionarán con multas del 30 al 200 por ciento del monto antes mencionado por cada trabajador afectado. Las infracciones muy graves podrán ascender hasta el 2000 por ciento.
Si un empleador reincide en las infracciones, los organismos reguladores podrán clausurar el establecimiento hasta 10 días, pero manteniendo el derecho de los trabajadores al cobro de remuneraciones.
Fuente: abogados.com.ar