14.04.2023 | Nacionales | ENFERMERÍA
Tras casi dos años en trámite, se sancionó la Ley de Promoción de la Enfermería
El Senado sancionó este jueves la Ley de Promoción de la Formación y Desarrollo de la Enfermería. La norma se votó por unanimidad (61 votos positivos), al igual que cuando tuvo media sanción en la Cámara de Diputados, en septiembre de 2022.
La iniciativa fue motorizada por el tucumano Pablo Yedlin, quien en ese momento era Diputado y Presidente de la Comisión de Salud, con el aval del Poder Ejecutivo. De hecho, hubo un acto en Casa Rosada con trabajadores de la salud.
Y fue Yedlin, ahora en su rol de Senador y también Presidente de la Comisión de Salud, quien abrió el debate en la sesión celebrando “el consenso y la voluntad política que nos permite tratar este proyecto”.
En esa línea, contó que dicha iniciativa “la comenzamos a trabajar en junio de 2021 en la Cámara de Diputados. La voluntad política se expresa en personas que lo acompañaron. Le dimos dictamen en la Comisión de Salud de Diputados, yo me vine y eso quedó ahí”, y agradeció a sus pares los Diputados Blanca Osuna, Mónica Fein y a Daniel Gollan. Hizo extensivo el saludo al Ministerio de Salud y a los Ministros de Educación nacional y provinciales, y a las Universidades.
“El sistema de salud argentino con todos sus altos y bajos tiene un problema importante en el tema de la Enfermería porque hoy la Argentina tiene 237 mil Enfermeros de los cuales casi 70 mil son Auxiliares y en muchos países, quizás, no estarían considerados dentro del grupo de Enfermeros. Hay 125 mil Técnicos y solamente 41.400 son Enfermeros universitarios”, detalló el tucumano, y planteó, “estos números dichos así no expresan mucho, pero representan aproximadamente 37 Enfermeros por cada 10 mil habitantes. El promedio mundial está cerca de 38 por cada 10 mil, pero de rango va de países muy pobres que tienen 9 por cada 10 mil a los países del primer mundo que tienen 115 Enfermeros por cada 10 mil habitantes”.
Yedlin se refirió a un trabajo publicado por la revista Lancet establecía que para que un país pudiera cumplir de forma efectiva con la Atención Primaria de Salud en un 90% se requerían 114 Enfermeros cada 10 mil habitantes, y para cumplir con un 80% se necesitan 78 por cada 10 mil habitantes.
“Tenemos muchos menos Enfermeros que la mayoría de los países de la región. Tenemos un problema histórico con la Enfermería. Además, cuando vemos la cantidad de Enfermeros universitarios que representan el 16% del total de Enfermería y sin considerar a las Auxiliares el 24%, cuando en general en los países del primer mundo superan el 50% los universitarios, volvemos a ver que tenemos un problema”, alertó el oficialista.
Puntos principales de la norma
La Ley de Promoción de la Formación y Desarrollo de la Enfermería tiene por objeto establecer los mecanismos necesarios para promover la formación de calidad y el incremento de la cantidad de Enfermeras y Enfermeros, así como la profesionalización y el desarrollo de la Enfermería en todo el territorio nacional.
Además, declara de interés público nacional la Promoción de la Formación y del Desarrollo de la Enfermería en la República Argentina; y establece la creación de una Comisión Nacional de Formación y Desarrollo de Enfermería, como organismo de asesoramiento técnico a los fines de brindar recomendaciones sobre cualificaciones profesionales, certificaciones educativas y estrategias para la mejora continua de la formación y el desarrollo del trabajo profesional de enfermería.
En esa Comisión deberá haber representantes del Ministerio de Educación de la Nación, el Ministerio de Salud de la Nación, el Ministerio de Trabajo de la Nación, el Consejo Federal de Educación, el Consejo Federal de Salud, organizaciones sindicales, instituciones de formación técnica superior, Universidades y Asociaciones Profesionales de Enfermería, quienes “actuarán ad honórem”, se aclara.
Asimismo, se crea en el ámbito del Ministerio de Educación, el Programa Nacional de Formación de Enfermería, según los lineamientos del Consejo Federal de Educación, a fin de administrar y gestionar los incentivos y aportes económicos para la mejora continua de la calidad de la formación de los enfermeros, incrementar el número de egresados y promover el desarrollo de la enfermería en todo el país.
En el texto, se promueve el derecho de Enfermeras y Enfermeros a acceder a mayores calificaciones y preparación para el desarrollo de su profesión, ya sea a través de la educación formal como de la formación continua en salud. En consecuencia, se estimulará e incentivará la movilidad entre las distintas calificaciones y certificaciones existentes.
También, se fomentará la profesionalización de los Auxiliares de Enfermería que actualmente sean parte integrante del sistema de salud, tanto público como privado. Y se dispone que a partir de los dos años de promulgada la ley, se prohíbe la formación de nuevos Auxiliares en Enfermería en todo el territorio nacional, debiendo las ofertas educativas reconvertirse con dicho propósito en ese lapso.
Asimismo, contempla el otorgamiento de becas, que podrán ser renovables anualmente y el texto indica que “el monto anual de las mismas deberá actualizarse de forma previa al inicio de cada ciclo lectivo, debiendo definirse una escala progresiva en relación con el avance de estudio de la tecnicatura o licenciatura en Enfermería”.
Fuente: parlamentario.com