09.08.2023  |  Regionales  |  RÍO NEGRO - DOCENTES

Fallo judicial en contra de docentes de Río Negro

En el último acuerdo paritario, Educación de Río Negro suspendió el descuento mensual que aplicaba a docentes que habían adheridos a los paros convocados por Unter. Esta determinación formó parte del entendimiento salarial aceptado por el gremio docente, después de un conflictivo inicio del ciclo escolar.

Anteriormente, el Gobierno rionegrino había anunciado “diez ausencias injustificadas” de docentes por medidas de fuerza, que el gremio sostuvo en ocasión de un período de conciliación obligatoria, entre el 22 de marzo y el 14 de abril, fijada por el Ministerio de Trabajo.

En esa información de fines de abril, la cartera educativa confirmó que, “dos ausencias se tuvieron en cuenta en la liquidación de los sueldos de marzo. Las ocho inasistencias restantes -agregaba en su comunicado- se descontarán a razón de una por mes”, a partir de las remuneraciones de abril.

Al final, cuatro son las jornadas descontadas entre las remuneraciones de marzo, abril y mayo, sumando a unos 13.000 docentes afectados.

El lunes pasado, el Superior Tribunal de Justicia (STJ) desestimó definitivamente un amparo de la Unter contra los descuentos de Educación por los paros.

En la práctica, este fallo tiene impacto efectivo en las jornadas ya no abonadas porque las restantes quitas por las huelgas fueron suspendidas por el acuerdo paritario.

La conducción del sindicato docente insistía en la restitución de las deducciones aplicadas, pero la Gobernadora Arabela Carreras y los funcionarios de Educación negaban esa posibilidad. Ahora, esa posición política tiene un respaldo judicial.

En abril, Unter presentó un amparo en la Cámara Laboral de Viedma contra los descuentos fijados por el Gobierno provincial.

En junio, ese tribunal -conformado por Rolando Gaitán, Carlos Marcelo Valverde y Gustavo Guerra Labayén- entendió que el gremio docente no demostró “que los actos administrativos de Educación hayan sido portadores de una arbitrariedad o ilegalidad manifiesta, exigencia ineludible para la procedencia de la acción constitucional directa prevista en el artículo 43 de la Carta Magna Provincial”.

La representación sindical insistió ante el STJ, que también negó esa pretensión de ordenar a los funcionarios que cesen en las quitas.

La posición del máximo tribunal fue argumentada por Ricardo Apcarian, con los respaldos de Cecilia Criado, Sergio Barotto y Sergio Cecci. El fallo tuvo la abstención de Liliana Piccinini.

En su fallo, el STJ entendió que el recurso de la Unter “tiene solo discrepancias subjetivas con el criterio seguido por la decisión de Educación y no logran desvirtuar sus fundamentos”.

Además, afirmó que, “no es evidente esa acusación de la Unter que existió una conducta patronal culpable que justificaría la huelga, consistente en el incumplimiento de acuerdos paritarios previos”.

En relación a “la afectación del salario y el derecho de huelga”, el STJ recuerda que, “no corresponde el pago de salarios por los días de huelga, a menos que el descuento se origine en causas exclusivamente atribuibles al empleador y esa situación no pudo establecerse en estas actuaciones”.

También expresa que, “la Organización Internacional del Trabajo (OIT) ha indicado que la deducción salarial de los días de huelga no plantea objeciones desde el punto de vista de los principios de la libertad sindical.


Fuente: rionegro.com.ar

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