10.09.2012  |  Legales  |  ASIGNACIONES FAMILIARES

Fallo judicial contra el tope a las asignaciones familiares

Un juez declaró que no debe aplicarse un tope salarial para el cobro de las asignaciones familiares, al hacer lugar a una acción de amparo de una trabajadora estatal que al recibir un aumento de sueldo automáticamente dejó de percibir esos beneficios.
La medida fue dispuesta por el juez federal de Mar del Plata Alfredo López, en el marco de la acción de la mujer -empleada del municipio de General Pueyrredón- contra la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES). La demandante inició la causa para "obtener la restitución inmediata del pago de la asignación por su hija y del resto de las asignaciones que le pudieren corresponder, 'atento la notoria inconstitucionalidad del tope establecido por el Decreto 1482/2011'", indicó el Centro de Información Judicial (CIJ).
La mujer señaló que a raíz del aumento del 10 por ciento del sueldo dispuesto por su empleador, la Municipalidad del Partido de General Pueyrredón, "le quitaron las asignaciones familiares que venía percibiendo, al excederse el tope de $ 5.200 fijado por el decreto en cuestión".
El juez también hizo referencia a la falta de actualización de ese tope salarial para las asignaciones. "No resulta razonable que el tope a las asignaciones familiares se mantenga intacto desde el año 2011, ello con grave detrimento a sus derechos amparados constitucionalmente", indicó el fallo. 
El juez López, quien recientemente falló contra el Gobierno nacional al autorizar la venta de dólares a una pareja para comprar una casa, dijo que "el Poder Judicial, en determinados supuestos y dadas ciertas condiciones, debe poner coto a situaciones que denoten un ejercicio irrazonable del poder legítimo que ostenta la Administración, siempre y cuando sus decisiones resulten atentatorias del bien común de la Nación o de derechos y garantías amparadas por la Carta Magna".
En sus considerandos, el magistrado señaló que "en lo que va del 2012 y pese que ya faltan pocos meses para finalizar el año, el tope a las asignaciones familiares no ha sufrido modificación alguna. Ante lo cual, cabe preguntarse si dado el escenario económico/social reinante actualmente en la República Argentina y la situación particular del amparista, resulta razonable que dichos montos continúen inmutables".
"El propio texto expreso de la Ley de Asignaciones Familiares (24.714) faculta al Poder Ejecutivo Nacional a determinar la cuantía de las Asignaciones Familiares establecidas, de acuerdo al desarrollo de la actividad económica, índices de vida o de variación salarial y situación económica social de las distintas zonas, como así también incrementar los rangos y topes de las mismas (art. 19)", expresa el fallo. 
López remarca que "en ese sentido, un indicador por excelencia de las variables socio/económicas que presenta un país en determinado momento y lugar, pero no el único, resultan ser los aumentos en los salarios de los trabajadores en relación de dependencia. Constituyéndose los mismos en un parámetro preponderante a tener en cuenta para conocer la realidad".
Más adelante, el juez pone de relieve que "no debemos perder de vista que la accionante es una trabajadora en relación de dependencia, que percibe mensualmente un salario como contraprestación por su trabajo personal, con el cual satisface las necesidades básicas e indispensables, propias y de su familia, tales como: alimentación, vivienda, vestimenta, educación, esparcimiento, entre muchos otros". "Consecuentemente, no resulta razonable que el tope a las asignaciones familiares se mantenga intacto desde el año 2011, ello con grave detrimento a sus derechos amparados constitucionalmente", concluyó.
 
Fuente: Agencia DYN
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