06.05.2019 | Nacionales | DOCENTES
Fuerte reducción de los salarios docentes por aplicación del Impuesto a las Ganancias
El Impuesto a los Ingresos (anteriormente denominado Impuesto a las Ganancias) es una preocupación constante y creciente que afecta año a año a una mayor cantidad de docentes. Un estudio realizado por los Equipos Técnicos de UDA así lo demuestran. Los docentes alcanzados por este impuesto llegan a perder el equivalente a más de un salario en el año.
Este verdadero impuesto al trabajo, genera principalmente dos grandes perjuicios a los trabajadores docentes. El primero es que reduce el poder adquisitivo del salario de manera alarmante. Los docentes alcanzados por este impuesto llegan a perder el equivalente a más de un salario en el año. Otro perjuicio que genera la aplicación de este tributo es el hecho de que gran cantidad de docentes, especialmente los de mayor antigüedad y experiencia, desisten de ocupar cargos de conducción en las escuelas, dado que al ganar más se les comienza a descontar este impuesto o se eleva el porcentaje que se les descuenta por el mismo, y la diferencia económica se torna muy exigua en relación con el cargo u horas cátedra que poseían antes de asumir el cargo directivo.
A continuación ofrecemos los siguientes ejemplos.
Docente sin cargas, sin variación anual en su situación de revista, con horas cátedra de nivel medio en CABA:
Antigüedad %: 50. Hs. Cátedras: 70. Salario mensual 51.805,60. Tributa mensual. 1.815,86. Tributa en el año: 21.790,32
Antigüedad %: 60. Hs. Cátedras: 70. Salario mensual 54.812,67. Tributa mensual. 2.489,49. Tributa en el año: 29.873,88
Antigüedad %: 70. Hs. Cátedras: 71. Salario mensual 58.387,57. Tributa mensual. 3.380,23. Tributa en el año: 40.562,76
Antigüedad %: 80. Hs. Cátedras: 72. Salario mensual 62.426,19. Tributa mensual. 4.550,85. Tributa en el año: 54.610,20
Antigüedad %: 90. Hs. Cátedras: 72. Salario mensual 65.095,72. Tributa mensual. 5.331,69. Tributa en el año: 63.980,28
Antigüedad %: 100. Hs. Cátedras: 72. Salario mensual 68.165,89. Tributa mensual. 6.229,71. Tributa en el año: 74.756,52
Antigüedad %: 100. Hs. Cátedras: 72. Salario mensual 71.236,06. Tributa mensual. 7.233,29. Tributa en el año: 86.799,48
Antigüedad %: 120. Hs. Cátedras: 72. Salario mensual 74.306,22. Tributa mensual. 8.264,35. Tributa en el año: 99.172,20
Incidencia del Impuesto a los ingresos en docentes con dos cargos (incluidos cargos directivos) en la Provincia de Santa Fe:
Los siguientes ejemplos son variaciones de docentes que trabajan dos cargos y/u horas cátedra. En el caso de los que poseen cargos directivos es evidente el mayor impacto del impuesto.
1) Docente, casado y sin hijos, con un cargo de Jefe General de Enseñanza Práctica más un cargo de Maestro de Enseñanza Práctica, 120% de antigüedad, tributa: 7.443,45 mensuales.
2) Docente sin hijos, con un cargo de Directora escuela primaria más 17 horas cátedra con 120% de antigüedad, tributa: 10.374 pesos.
3) Docente con dos cargos de Preceptor, con esposa y 2 hijos, 120% de antigüedad, tributa: 3.035,27 mensuales.
4) Docente con un cargo de Regente Técnico más 15 horas cátedra, con esposa y dos hijos, 80% de antigüedad, tributa: 1.773 pesos.
5) Docente con un Cargo de Jefe de Sección más un cargo de Maestro de Enseñanza Práctica, con un hijo, 120% de antigüedad, tributa: 8.039 pesos mensuales.
6) Docente con un cargo de Maestro de Enseñanza Práctica mas 24 horas cátedra. Con esposa. 120 % de antigüedad. Tributa. 5820 pesos mensuales.
7) Docente con dos cargos de Preceptor. Sin cargas de familia. 40% de antigüedad. Tributa: 1263 pesos mensuales.
Claramente el impacto del Impuesto a los Ingresos en los salarios docentes produce una distorsión grave, ya que el beneficio económico que debería traer aparejado el trabajar mayor cantidad de horas o el de asumir un cargo con mayores responsabilidades, se ve diluido por la aplicación de este tributo.
En la Provincia de Buenos Aires.
De acuerdo a la generalidad del impuesto comienzan a pagar ganancias los solteros que cobran de bolsillo 38.300 pesos y los casados dos hijos que perciban a partir de 50.668 pesos con la nueva normativa de enero de 2019. Con esta normativa y con el nuevo salario de marzo a cobrar en mayo un director de jornada simple de primera comienza a pagar ganancias a partir de los 20 años de antigüedad ya que cobraría 38800 y un profesor con 30 módulos y 10 años de antigüedad también comienza a pagar este tributo. O sea que aquel docente con poca antigüedad en el sistema que logra acumular 30 módulos, apenas con 10 años comienza a tributar.
Prensa UDA
Fuente: gremialesdelsur.com.ar