03.02.2021  |  Río Grande  |  TRABAJADORES DE COMERCIO

El último acuerdo salarial de Comercio no es vinculante para la ciudad de Río Grande

El acuerdo celebrado el pasado 28 de enero entre FAECyS y Cámara Argentina de Comercio (CAC), la Confederación de la Mediana Empresa (CAME) y la Unión de Entidades Comerciales (UDECA), determina que no es vinculante para la ciudad de Río Grande, según lo establecido en el artículo 5° del mencionado acuerdo.

El 28 de enero se celebró un acuerdo salarial entre FAECyS y Cámara Argentina de Comercio (CAC), la Confederación de la Mediana Empresa (CAME) y la Unión de Entidades Comerciales (UDECA) referido a un incremento del 21% y la anexión de los 5.000 mil pesos (no remunerativos). A tal efecto, la sumatoria de los incrementos desde abril de 2020 constituye una suba anual del 35% y una suba del piso del salario básico que trepa a $60.513 (incluido presentismo).  De esta manera, el personal de maestranza -que en abril de 2020 cobraba un salario básico de $41.790- percibirá $60.513 (con presentismo incluido) para abril de 2021.

El acuerdo del 28 de enero, al que tuvo acceso “gremialesdelsur”, llamativamente establece en el artículo 5° lo siguiente:

“Se aclara que los incrementos del presente acuerdo no son vinculantes para los acuerdos salariales que pudieran suscribirse en el ámbito de la ciudad de Río Grande, provincia de Tierra del Fuego, sin perjuicio que las sumas resultantes de los incrementos pactados en el presente constituyan el mínimo convencional vigente a partir de la homologación del presente. Así mismo las partes convienen en instrumentar lo estipulado en el artículo octavo del acuerdo salarial de fecha 28 de mayo de 2019: -respecto de la provincia de Tierra del Fuego y dadas las asimetrías salariales existentes en la misma la FAECYS, CAC, CAME y UDECA se comprometen a convocar, dentro de los 45 días de la firma del presente, a las asociaciones sindicales y empresarias del lugar, a fin de evaluar los adicionales zonales vigentes”.

Cabe señalar que el acuerdo de referencia se estableció dentro del marco del Convenio Colectivo de Trabajo N° 130/75. 

  


Fuente: gremialesdelsur.com.ar

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