27.05.2021 | Regionales | CHUBUT - PETROLEROS JERÁRQUICOS
Petroleros Jerárquicos aclaró condiciones de asociación a su entidad Mutual
Desde la institución sindical que conduce José Dante Llugdar, se dejó constancia que quienes estén encuadrados como personal vinculados a la actividad bajo el Convenio Colectivo de Trabajo N° 611/10, no podrán ser asociados en calidad de adherentes, ya que en su caso es condición unívoca ser afiliados al sindicato, con lo cual serán parte del padrón de socios activos de la misma.
Este criterio rige bajo el Estatuto de la Asociación Mutual del Personal Jerárquico y Profesional del Petróleo y Gas Privado de la Patagonia Austral (AMPJPPGPPA), en relación a la incorporación de socios adherentes, por cuanto si existiese un caso en el que un trabajador esté sujeto por su actividad al encuadre de referencia, y quiera asociarse, deberá en primera instancia afiliarse al sindicato, con lo que quedará automáticamente incluido como socio mutualista.
Cabe recordar que dicho Estatuto menciona que los socios activos son aquellos mayores de 21 años de edad que abonan su cuota establecida por asamblea siendo afiliados al sindicato Petrolero Jerárquico, en tanto que socios adherentes pueden ser las personas mayores de 21 años y personas jurídicas que tuvieren interés en pertenecer a la entidad, que no se hallen comprendidas en las condiciones laborales mencionadas anteriormente.
El Sindicato y la Mutual comparten un Convenio de Colaboración Institucional de carácter conjunto, que fuera refrendado oportunamente por los miembros de ambas Comisiones Directivas, marco en el cual desde diciembre de 2016 se instituyó, asamblea mediante, la inclusión de la Cuota Mutual del 1% en las retenciones sindicales de cada Trabajador Afiliado bajo el CCT 611/10.
Es facultad estatutaria de la Mutual, la potestad conferida a la Comisión Directiva que preside Llugdar, el resolver sobre la admisión de los asociados y las sanciones que pudieran llegar a caberles.
El Secretario Adjunto del Sindicato y 1° Vocal Titular de la Mutual, Luis Villegas; acompañado por el Secretario de Actas, Prensa y Propaganda David Klappenbach, a su vez Fiscalizador mutualista; y por el Vocal sindical y también mutualista Bernabé Araujo; enfatizaron que bajo esta premisa se busca fidelizar la condición de Activos o Adherentes de los miembros de la masa societaria de acuerdo a su pertenencia o no, a la actividad nucleada por la institución gremial.
Secretaría de Actas, Prensa y Propaganda S.P.J.P.P.G.P.P.A.
Fuente: gremialesdelsur.com.ar