30.08.2021  |  Nacionales  |  PRESTACIÓN POR DESEMPLEO

El Gobierno prorrogó las prestaciones por desempleo hasta el último día del año

El Ministerio de Trabajo de la Nación anunció la prórroga de las prestaciones por desempleo hasta el 31 de diciembre de este año para los vencimientos que se efectúen entre el 1° de agosto y el 30 de noviembre próximo.

La medida fue oficializada por la cartera conducida por Claudio Moroni a través de la Resolución 890/2021 y establece que las cuotas de prórroga serán mensuales y con un monto equivalente al 70% de la prestación original.

La iniciativa consideró “la emergencia pública en materia ocupacional”, que luego fue ampliada por los decretos 528/2020, 961/2020 y 39/2021.

Trabajo, además, justificó la medida ante “el agravamiento de la situación epidemiológica a escala internacional, la cual requirió la adopción de medidas inmediatas para hacer frente a la emergencia sanitaria, dando lugar al dictado del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 297/2020, y sus modificatorios y complementarios”.

“Si bien a partir de la apertura y reanudación del desarrollo de distintas actividades productivas y de servicios, ha comenzado a reactivarse la actividad económica en determinados sectores, con su consecuente impacto en el empleo, aún persisten en cierta medida las circunstancias y razones que motivaran el dictado de las resoluciones antes mencionadas”, precisó el documento.

Asimismo, se explicó que la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) llevará adelante los cruces informáticos y controles necesarios para determinar el derecho a percibir tales prestaciones.

En simultáneo, el decreto fijó que el total de cuotas será de 30, “contadas desde la primera cuota otorgada en aplicación del artículo 117° de la Ley 24.013 o el artículo 6° de la Ley 25.371, el límite máximo de cuotas de prestaciones por desempleo a percibir por las y los titulares de prestaciones cuyos vencimiento fueran prorrogadas por las resoluciones mencionadas”.

Por último, el documento oficial precisó que la Dirección Nacional de Promoción y Protección del Empleo se encargará de ejecutar dicha resolución y se encontrará facultada para dictar las normas aclaratorias para cumplir con los objetivos fijados.

 

Quiénes lo cobran

La prestación por desempleo está dirigida a aquellas personas desempleadas y donde su relación laboral previa se encontraba regida por la Ley de Contrato de Trabajo.

Se podrá solicitar en caso de haber sido trabajador en relación de dependencia y haber sufrido el despido sin causa justa, por finalización de contrato de trabajo, o causas externas, que se encuentren comprendidas dentro de la LCT.

Además, se podrá acceder en paralelo a las asignaciones familiares y a la obra social a la que se encontraba afiliado el trabajador.


Fuente: gremialesdelsur.com.ar

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