19.11.2024 | Río Grande | GANANCIAS
Le descontaron el impuesto a las Ganancias en Tierra del Fuego, hizo juicio y lo ganó, pero le siguen reteniendo
Se trata del caso de una trabajadora de la ex AFIP que se jubiló en Río Grande en el año 2018, a la cual ANSES le comenzó a descontar el impuesto a las Ganancias, desconociendo la plena vigencia de la Ley Nº 19.640 por la que en Tierra del Fuego no se tributa ese impuesto, además de tener el derecho propio como jubilada a no ser pasible del mencionado impuesto por el solo hecho de que su haber jubilatorio es de carácter alimentario.
“Yo me jubilé en el 2018, y en los primeros meses del 2019 empecé con un juicio porque me empezaron descontar el impuesto a las Ganancias y no correspondía porque yo hace 25 años que vivo en Tierra del Fuego”, indicó la trabajadora jubilada, Silvia Gomis, y acoto, “en su momento presenté una nota en ANSES y me dijeron que tenía que hacer juicio, que luego de un tiempo salió con sentencia firme en 2023 diciendo que no correspondía que me descontaran el impuesto a las Ganancias”.
En declaraciones realizadas a la emisora FM Aire Libre, Silvia Gomes destacó que, "después del juicio no me estaban descontando, pero hace tres meses que me empezaron a descontar nuevamente; me presenté en al ANSES de Río Grande, presenté la sentencia del Juzgado Federal, y hasta ahora no tuve ninguna solución ni una respuesta de nada”, y agregó, “por la Ley 19640 no corresponde el descuento del impuesto a la Ganancias en Tierra del Fuego, desde que se creó ese impuesto en el año 1992, en esta provincia nunca se pagó; en mi caso particular yo nunca estuve residiendo ni trabajando en otra provincia, siempre lo hice en Tierra del Fuego”.
“Conozco de otros casos donde también están haciendo juicio por el descuento a las Ganancias”, indicó Silvia Gomis y subrayó, “lo bueno de mi situación es que esto genera un precedente porque soy la primera que ganó un juicio de esta característica realizado desde Tierra del Fuego en el Juzgado Federal de Río Grande con la intervención de la Cámara de Apelaciones de Comodoro Rivadavia”.
El fallo de la Jueza Federal Mariel Borruto expresa:
1) Hacer lugar a la demanda incoada por la Sra. Silvia Gomis…
2) Ordenar a la Administración Federal de Ingresos Públicos, Dirección General Impositiva, que proceda al cese de la recaudación del impuesto a las Ganancias; y a la Administración Nacional de Seguridad Social que interrumpa la retención practicada…
3) Ordenar a la Administración Federal de Ingresos Públicos, Dirección General Impositiva, que proceda a reintegrar a la actora los importes retraídos en concepto de impuesto a las Ganancias…
Fuente: gremialesdelsur.com.ar