30.12.2025  |  Legales  |  CÓRDOBA - JUBILADOS PROVINCIALES

La Justicia de Córdoba ordenó suspender el recorte del haber de una jubilada

La Cámara Contencioso Administrativa de 3ª Nominación aceptó una cautelar tras conocerse la reglamentación de la ley. El Abogado que hizo el planteo, Jorge Gentile, dijo que, “es razonable entender que es para todo el mundo”.

La Cámara Contencioso Administrativa de Tercera Nominación en Córdoba admitió este martes un recurso de amparo presentado por una jubilada provincial que enfrenta una reducción en su haber. Según Jorge Gentile, el Abogado de la demandante, la resolución ordenó no aplicar la disminución a la pensión y jubilación de la mujer.

El profesional explicó que, "nosotros hemos iniciado un amparo pidiendo una medida preventiva luego del dictado de una ley referida al tema de los aportes".

La Justicia, finalmente, revocó la medida que rechazaba el amparo y determinó que la jubilada mantenga su haber actual y cualquier aumento establecido por leyes anteriores.

Gentile comentó que esta decisión podría sentar jurisprudencia, "si esto se ha aplicado para una persona, es razonable entender que es para todo el mundo". De no ser así, anticipó que, “habrá una lluvia de amparos entre los jubilados de la provincia, que buscan la misma protección legal”.

La jubilada percibe una jubilación como ex docente municipal y una pensión por viudez. En noviembre, cobró alrededor de $3.130.000 por la jubilación (con una retención de $626.000 por aporte solidario) y $782.000 por la pensión.

La demandante argumenta que la suba de aportes a los activos y las modificaciones en el aporte solidario implican una reducción indirecta de sus haberes, violando derechos adquiridos y la irreductibilidad de las jubilaciones protegida por las Constituciones Nacional y Provincial.

Gentile explicó que la cautelar asegura que la mujer siga cobrando lo correspondiente hasta noviembre, más cualquier aumento de diciembre, sin descuentos adicionales. "La jubilación es un derecho adquirido que no puede ser modificado, ya que sería una confiscación", afirmó el letrado, quien cuestiona la constitucionalidad de la ley.

Gentile destacó que, "la jubilación es un derecho adquirido y no puede ser modificado por nada". Esto incluye la inconstitucionalidad de la ley en cuestión.

Por último, mencionó que, de no acatar la orden judicial, el Gobierno podría enfrentar consecuencias legales, impulsando un aumento en la presentación de amparos, lo que a mediano plazo podría representar un mayor gasto para el Estado.


Fuente: cadena3.com

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