20.07.2019  |  Río Grande  |  QUÍMICOS Y PETROQUÍMICOS

Tecnomyl redobla las maniobras extorsivas contra los trabajadores

Desde el sindicato de Químicos y Petroquímicos de Tierra del Fuego (SUPIQyPPTDF) denunciaron que la empresa Tecnomyl ha realizado denuncias penales contra los trabajadores con el objeto de desviar el conflicto gremial para debilitar la lucha. “La justicia sigue favoreciendo a la empresa en su accionar”, destacaron desde el gremio.

En el marco del conflicto sindical en el que nos encontramos con la empresa Tecnomyl desde hace no menos de un año, y luego de varias audiencias y negociaciones fallidas en las que siempre los trabajadores hemos puesto de manifiesto buena voluntad, en contraposición a la postura arbitraria e intransigente del apoderado de la empresa, José Luis Ramos y su asesor letrado Cristian Rubio, a cargo de la negociación, aún nos encontramos en la ardua lucha de reclamar que se nos devuelva nuestro salario digno y se reincorpore a los 12 compañeros despedidos SIN CAUSA en medio de una Conciliación Obligatoria.

En la reunión llevada a cabo el día 17 de julio los representantes de la empresa mencionados anteriormente, realizaron una propuesta absurda y nefasta donde claramente la única beneficiada sigue siendo la empresa Tecnomyl y no manifestaron ninguna intención de atender nuestros reclamos, redoblando las maniobras extorsivas que han utilizado durante todo el conflicto.

No menos importante es el hecho de que, a pesar de que la empresa viene manejándose en la ilegalidad, la justicia los sigue favoreciendo en su accionar, a tal punto que le permite a Tecnomyl el ingreso de nuevo personal para reemplazar los puestos de los compañeros que se encuentran ejerciendo su derecho constitucional a huelga y maniatando a los trabajadores en cada acción tomada con denuncias penales, intentando así desviar el conflicto gremial para debilitar la lucha que llevamos adelante dignamente y con muchísimo sacrificio.

Es necesario destacar que la Ley N° 20.744 de Contratos de Trabajo establece la protección del derecho a huelga en varias partes de sus artículos 243, 244 y 245. Especialmente el art. 244 reza: “el empleador no podrá concertar durante el tiempo de duración de la huelga u otras medidas de acción directa aprobadas por la organización sindical pertinente nuevos contratos de trabajo que tiendan a sustituir o reemplazar en su cargo al trabajador, ni adoptar medidas disciplinarias en su contra, ni alterar la situación o condición en que se encuentra revistando en la empresa.”

Solicitamos el acompañamiento de todas las organizaciones gremiales, sociales y políticas de la provincia en defensa de los puestos de trabajo y contra el avasallamiento de los derechos de los trabajadores y las trabajadoras.

 

Prensa SUPIQyPPTDF. Sindicato Único del Personal de Industrias Químicas y Petroquímicas de la Provincia de Tierra del Fuego.


Fuente: gremialesdelsur.com.ar

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