16.05.2023  |  Nacionales  |  GANANCIAS

El aguinaldo quedará exento del impuesto a las Ganancias

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) reglamentó la exención del impuesto a las Ganancias del Sueldo Anual Complementario (SAC) o aguinaldo de quienes estén alcanzados por el nuevo mínimo no imponible, a través de la Resolución General 5.358/2023 publicada en el Boletín Oficial.

La medida reglamentó lo dispuesto en el Decreto 267 del 10 de mayo pasado, a fin de complementar resoluciones generales previas y considerar tanto la aplicación de la exención como la Deducción Especial Incrementada (DEI).

En el primer anexo de la norma se establecen las escalas de las DEI incrementadas que se deberá aplicar para quienes cobren en bruto una suma superior al nuevo mínimo no imponible de $ 506.230 pero resulte inferior o igual a $ 583.851.

Asimismo, se reglamenta la exención de las remuneraciones percibidas en concepto de guardias obligatorias, ya sean activas o pasivas, como de horas extras, realizadas por los profesionales, técnicos, auxiliares y personal operativo de los sistemas de salud, cuando la prestación del servicio se realice en centros de salud públicos o privados.

La norma comenzó a estar en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial, pero con efectos que serán para todo el período fiscal 2023 en el caso de la exención del SAC, y para los salarios devengados a partir del 1° de mayo para las DEI y las exenciones de guardias obligatorias y horas extras del personal de salud.

También establece que si el empleador ya hubiera realizado la liquidación de haberes devengados en mayo con anterioridad al 15 de ese mes, deberá reintegrar las retenciones que quedaron sin efecto en el primer pago que realicen con posterioridad.

La RG precisó que a fin de determinar la procedencia de la exención del SAC correspondiente al período fiscal 2023, deberá tenerse en cuenta que el monto de la remuneración o haber bruto mensual no supere $506.230.

El Gobierno formalizó la semana pasada el nuevo mínimo no imponible para el período fiscal 2023 para la cuarta categoría que es de $506.230 mensuales brutos a partir de este mes, que beneficiará a 250.000 personas, y además ratificó la eximición de Ganancias a los adicionales salariales de más de 600.000 trabajadores que cobran estos conceptos, como bonos por productividad, horas extras y antigüedad.

El anexo I de la resolución general especifica las DEI correspondiente a cada haber o remuneración bruta mensual, partiendo de $ 199.645 para el sueldo de $ 506.568, descendiendo gradualmente hasta llegar a cero en el de $ 583.851.

El Ministro de Economía, Sergio Massa, destacó la semana pasada que, “junto con este nuevo incremento interanual del 125% del piso de Ganancias, en abril avanzamos para que las horas extras, los viáticos y los bonos por productividad, entre otros conceptos, no estén alcanzados por el impuesto: un beneficio para 600.000 empleados”.

“Este nuevo alivio fiscal es clave para que el impuesto no afecte los aumentos salariales y son parte de nuestro compromiso constante por mejorar el poder adquisitivo y de compra de la gente”, subrayó el Ministro.

La mejora salarial de bolsillo, según los rubros en los que se desempeñe cada empleado, será de hasta un 16%, según cálculos de Economía.

El Palacio de Hacienda puntualizó que, del total de 602.897 empleados beneficiados, 270.000 corresponden a la provincia de Buenos Aires, 75.000 a la Capital Federal, 48.800 a la provincia de Córdoba, 46.400 a la de Santa Fe, 21.600 a Mendoza, 15.300 a Entre Ríos, 14.300 a Tucumán, 12.707 a Neuquén, 11.800 a Chubut y 10.600 a Río Negro.

Asimismo, 8.200 corresponden a Misiones, 7.400 a La Pampa y también a Salta, 7.200 a San Juan y también a Corrientes, 6.300 a San Luis, 5.500 a Jujuy, 5.000 a Formosa, 4.890 a Chaco, 4.400 a Catamarca y también a Santiago del Estero, 3.800 a Santa Cruz, y 3.600 a La Rioja.


Fuente: infogremiales.com.ar

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