07.03.2025  |  Río Grande  |  TRABAJADORES DE COMERCIO

Suspensión del aporte solidario a Cámaras empresarias

El secretario general del Centro de Empleados de Comercio afirmó que el decreto 149/2025 es “ilegal e inconstitucional” y adelantó presentaciones judiciales por parte de las Cámaras afectadas. Explicó que el dinero que se recaudaba por el aporte de los comercios a razón del 0.5% del salario de cada empleado, se destinaba al INACAP, un instituto de capacitación a nivel nacional.

La norma elimina el pago obligatorio del empleador al Instituto Argentino de Capacitación Profesional y Tecnológica para el Comercio (INACAP), que fue creado en 2008 y que alcanza a 1,2 millones de trabajadores. Según fuentes del Gobierno, en marzo la cuota es de $4.725,02 por empleado y representa el 0,50% del salario de Maestranza A Inicial, que sube con cada paritaria, y se paga aunque no se capacite.

El mismo decreto establece que el Gobierno no homologará negociaciones colectivas que obliguen a hacer este tipo de aportes, ya que hasta ahora se hacía una “interpretación incorrecta” de la ley que regula estos convenios.

Para Rivarola este aporte es similar al aporte solidario de los trabajadores a la entidad gremial. “La medida es la misma, porque son acuerdos de partes firmados ante el Ministerio de Trabajo, homologados legalmente, y que tienen vigencia desde 2008 en el caso de comercio”.

“Este es un aporte obligatorio al INACAP para la capacitación de sus integrantes. Podría darse por cerrado el INACAP y no se capacitará a nadie en el país, que es lo contrario a lo que el Estado pide. No afecta en nada las relaciones comerciales, sí la capacitación”, aclaró el sindicalista.

Daniel Rivarola explicó que, “la FAECYT lo que hace a través del acuerdo del 2008 es poner salones y profesores en las filiales que tengan, para que asesoren, entrenen y capaciten. Esa es la parte que nos tocaba a nosotros y el financiamiento lo ponía la CAME a través de esta recaudación”, y agregó, “como todo acuerdo colectivo, abarca a todos los integrantes del sector. Estén o no estén en la CAME, están obligados a pagar ese aporte. En algún momento la CAME puede convocar a los empleados de alguna empresa a asesorarlos o capacitarlos, y entonces se hacen acuerdos colectivos”.

“Lo que hace el decreto es sacar la cuota obligatoria por pedido de algunos empresarios, no de las Cámaras, que van a dejar de percibir esa cuota. Calculo que CAME a través de sus representantes legales harán las presentaciones que corresponden. Ayer hablé con el Presidente de la Cámara de Comercio de Río Grande sobre este tema y me transmitió su preocupación, porque ese aporte que hacen los empresarios se divide de acuerdo a las filiares adheridas y ese importe va a dejar de venir”, señaló el titular del CEC y consideró que, “el Estado se está metiendo en acuerdos privados, lo que está lejos de los que se dicen libertarios. Están determinando qué puede hacer el sector privado, y eso no es legal y es inconstitucional”.

Rivarola recordó que, “se cobraba el 0,5% por cada obrero, esté o no en la Cámara correspondiente. Son acuerdos convencionales que abarcan a todos. Los acuerdos que firma la Cámara de Comercio no son solamente para los que están adheridos a la Cámara, y el gremio firma acuerdos salariales no solamente para los que están afiliados. Los Convenios Colectivos abarcan a todo el espectro”.


Fuente: p23.com.ar

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