13.07.2012 | Ushuaia | REGISTRO PROVINCIAL DE ASOCIACIONES SINDICALES
Fallo judicial ratifica la plena vigencia del Decreto provincial Nº 864/09
Un fallo de la Cámara de Apelaciones de Río Grande revirtió una sentencia del magistrado Guillermo Penza, sobre la demanda por práctica desleal presentada en su momento por la CGT Ushuaia contra el Gobierno de la Provincia, por el Decreto 864/09. Es el decreto que rarifica el Acta-Acuerdo entre el Gobierno y la CTA.
El Decreto provincial Nº864/09 reglamentaba el acuerdo firmado entre la CTA y el Ministerio de Trabajo, por el cual se creaba un Registro de Asociaciones Sindicales y se autorizaron créditos horarios e inspecciones en forma conjunta entre delegados y la autoridad de aplicación en los lugares que fueran solicitados.
Cabe destacar que el Juez Laboral Guillermo Penza había resuelto hacer lugar parcialmente a la demanda presentada por la CGT Ushuaia y declaró inconstitucional el artículo 1º del decreto 864/09 que otorgaba algún tipo de derechos a la CTA en el ámbito de la provincia de Tierra del Fuego, cuestión ésta que generó críticas por parte de la dirigencia sindical de la Central de Trabajadores Argentinos, que sin embargo no había apelado el fallo. No obstante, la Fiscalía de Estado si apeló la decisión, dado que el decreto emanó del propio Poder Ejecutivo y esa apelación fue la que tuvo eco en los jueces que componen la Cámara de Apelaciones.
El decreto 864/09 reconocía “un régimen de permisos y/o licencias gremiales pagos” para el “desarrollo del plan de acción de la central y de sus organizaciones adheridas”.
En ese sentido proponía el convenio “la participación en la negociación colectiva de las organizaciones sindicales que, aún sin poseer personería gremial, posean una representación mayoritaria en el ámbito a que se refiera la negociación y estén inscriptas en el Registro Provincial de Entidades Sindicales”.
De esta manera la CGT acusaba al Gobierno Provincial de haberse arrogado “facultades que la Constitución Nacional ha reservado al Congreso de la Nación” y que de dicho acuerdo alcanzado con la CTA “evidenciaban una finalidad antisindical al permitir que en las comisiones negociadoras participen asociaciones que carecen de personería gremial”.
En este sentido, el Secretario Gremial de la Central de Trabajadores Argentinos a nivel nacional, Daniel Jorajuria, estuvo presente en la ciudad de Ushuaia, donde participó de un plenario de formación de trabajadores del sector privado y se refirió a este tema, “hemos recibido con una enorme satisfacción este fallo que profundiza la libertad sindical y el reconocimiento a nuestra Central”, y agregó que, “en realidad debemos hacer referencia a quienes generaron este fallo. No se puede desde una organización sindical, asumir la representación de los trabajadores, proscribiendo a otra organización, porque esa fue la intención de la CGT”.
Asimismo, comentó que, “ese decreto lo que hace es profundizar la igualdad de las organizaciones sindicales de acuerdo a todos los convenios internacionales”. En tanto, el gremialista afirmó que, “el Registro Provincial está vigente y bienvenidos a los compañeros que quieren organizarse porque no encuentran respuestas en las entidades sindicales tradicionales”.
Fuente: eldiariodelfindelmundo.com