13.09.2012  |  Ushuaia  |  MULTA AL SUTEF

Quedó firme la multa que Trabajo le impuso al SUTEF por no acatar la conciliación obligatoria en el 2010

El Juez laboral Guillermo Penza resolvió la caducidad de la instancia pedida por el Ministerio de Trabajo y deja firme la sanción de la cartera laboral por el monto inicial de 618 mil pesos.
 
El Sindicato Unificado de los Trabajadores de la Educación Fueguina (SUTEF) deberá afrontar el pago de la multa impuesta por el Ministerio de Trabajo de la Provincia, luego del no acatamiento de la conciliación obligatoria, por el reclamo salarial que llevaban adelante los maestros por lo cual no había iniciado el ciclo lectivo 2010. 
Cabe recordar, que en ese entonces el sindicato anunció un paro desde el 1 de marzo y rechazó acatar la conciliación dispuesta por Trabajo. Además, intervino el Ministerio de Trabajo de Nación, que intimó al SUTEF a que acate lo decidido por el Ministerio local, cuestión que tampoco se cumplió y que motivó la imposición de una multa de 618 mil pesos por parte del gremio en el marco de la ley provincial Nº 90.
No obstante, el SUTEF había planteado la inconstitucionalidad del artículo 10 de la Ley Provincial N° 90 que dispone como requisito para admitir el recurso de apelación, el depósito previo del importe de la sanción impuesta y el Juez Laboral de Primera Instancia, Guillermo Sebastián Penza, hizo lugar a la solicitud “toda vez que la posibilidad de atenuar el rigorismo del principio “solve et repete”, debe darse en casos que revistan supuestos de excepción que involucren situaciones patrimoniales concretas de los obligados, a fin de evitar que el pago previo se traduzca en una afectación de garantías, que cuentan con protección constitucional”.
Sin embargo, luego de presentada la apelación por parte del sindicato docente, transcurrido un plazo, el Ministerio de Trabajo solicito la caducidad de la instancia, al no moverse el expediente 5547/10 por más de tres meses. Esto se realizó en el mes de abril de este año, pero ambas partes de común acuerdo ante el magistrado solicitaron la suspensión de los plazos el pasado 23 de mayo. Esto se concedió y ahora una vez vencido el tiempo, lo que hizo el juez Guillermo Penza fue resolver la caducidad de instancia a favor de la cartera laboral, quedando firme la sanción impuesta en su momento.
 
Fuente: elushuaiense.com
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