21.12.2016  |  Nacionales  |  CÓDIGO CONTRAVENCIONAL

¿Pasará lo mismo en Tierra del Fuego a partir del 2017?

Invocando el Código de Convivencia, la Municipalidad de Córdoba labró actas de infracción al SUOEM, SEP, UEPC, Luz y Fuerza y al MST. También los denunció en la Justicia. En Tierra del Fuego, el Código Contravencional Provincial entrará en vigencia a partir del 1 de febrero del 2017.

La Municipalidad de Córdoba labró actas contravencionales contra los gremios SUOEM, UEPC, SEP, y Luz Fuerza, además del MST (Movimiento Socialista de los Trabajadores) por "alterar el tránsito" y por “arrojar bombas de estruendo en la vía pública”.

Este último punto, contemplado en el Código de Convivencia de la ciudad, contempla la aplicación de multas de entre 7.600 y 152 mil pesos al "grupo de personas, organizaciones políticas, sociales, civiles, sindicales y/o de cualquier otra naturaleza que utilicen en actividades masivas en la vía pública los elementos de pirotecnia y /o cohetería".

El importe final de la multa será valorado por el Juez de Faltas interviniente, previo descargo de los acusados.

Por ese mismo motivo, también se radicó una denuncia penal, debido a la rotura de vidrios en el Palacio 6 de Julio y uso indebido de pirotecnia, según confirmó el Secretario General del municipio, Daniel Arzani.

Los motivos de las actas fueron por infringir dos artículos (108 y 154) del nuevo Código de Convivencia Municipal, que rige desde el 1 de abril del corriente año.

Dichos artículos expresan:

Art. 108º.- El grupo de personas, organizaciones políticas, sociales, civiles, sindicales y/o de cualquier otra naturaleza que utilicen en actividades masivas en la vía pública los elementos de pirotecnia y /o cohetería especificados en el Art. 106° del presente serán sancionados con multa de cincuenta (50) a mil (1000) (U.E.M.).

Art. 154º.- EL grupo de personas, organizaciones políticas, sociales, civiles, sindicales y/o de cualquier otra naturaleza que causare alteración al tránsito mediante la obstrucción de la vía pública será sancionado con multa de cien (100) a quinientas (500) (U.E.M.).


Fuente: lavoz.com.ar

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