03.11.2017  |  Regionales  |  REFORMA TRIBUTARIA

La reforma tributaria elimina beneficio sobre Ganancias en la Patagonia

El propio Ministro de Hacienda de la Nación, Nicolás Dujovne, aseguró que en el impuesto a la Cuarta Categoría se eliminarían “tratamientos preferenciales” y puso por ejemplo a la región Patagónica. Cabe recordar que dicho beneficio se logró luego de una feroz pelea de los petroleros que terminó con una revuelta en Las Heras y la muerte del oficial Jorge Sayago.

Los trabajadores de La Pampa, Río Negro, Chubut, Neuquén, Santa Cruz, Tierra del Fuego y el partido bonaerense de Carmen de Patagones se verán afectados en forma directa por la reforma tributaria que introduciría cambios en el Impuesto a las Ganancias de Cuarta Categoría, aumentando la base de cálculo para la región patagónica.

Aunque no dio precisiones, el ministro de Hacienda Nicolás Dujovne adelantó que entre los cambios impositivos vinculados al impuesto a las Ganancias, “se establece la inaplicabilidad de disposiciones que establecen tratamientos preferenciales para ciertos grupos de trabajadores”.

Las actividades y sectores que podrían ser alcanzados por esa medida son numerosos y entre ellos está la Ley 23.272 sobre el ítem Zona desfavorable que plantea que a “los efectos de las leyes, decretos, reglamentaciones, resoluciones y demás disposiciones legales de orden nacional” abarca a las provincias de La Pampa, Río Negro, Chubut, Neuquén, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur y el Partido de Patagones de la provincia de Buenos Aires.

Igualmente se podría derogar la Ley 27.346 del año pasado que fijó que las deducciones personales para la zona patagónica son 22% más altas.

A la hora de fijarse dichos beneficios, ambas medidas fueron justificadas en los mayores niveles del costo de vida en la región.

Pero el primer beneficio tiene un trasfondo mucho más trágico. Fue el sector petrolero el que tomó la batuta en contra del impuesto a las Ganancias y un grupo importante protagonizaba una protesta en febrero del 2006 reclamando por la derogación del impuesto al salario.

El 5 de febrero por orden judicial se detiene al líder de aquella protesta, Mario Navarro, lo que provocó una revuelta frente a la alcaidía de Las Heras que terminó con el asesinato en la madrugada del 6 de febrero del policía Jorge Sayago.

Luego de aquel trágico episodio, el Gobierno del entonces presidente Néstor Kirchner envió la reforma a la ley para contemplar beneficios que permitieran “morigerar” el impacto del impuesto a las Ganancias en la zona patagónica al tiempo que elevó el piso no imponible.

 

Otros beneficios en la mira

Petroleros: La Ley 26.176 fijó que algunos rubros del convenio colectivo de trabajo “no integrarán la base imponible del impuesto a las Ganancias a los trabajadores amparados por dichos acuerdos convencionales”. Incluye también actividades del transporte (camioneros) vinculadas a las empresas petroleras.

Poder Judicial: La Ley 27.346, del año pasado, determinó que están gravados por Ganancias “los Magistrados, Funcionarios y Empleados del Poder Judicial de la Nación y de las provincias y del Ministerio Público de la Nación cuando su nombramiento hubiera ocurrido a partir del año 2017, inclusive”. Y dejó exento a los nombrados con anterioridad.

Despidos: Están exentos de Ganancias las indemnizaciones por antigüedad y por accidente o muerte del trabajador, por retiros voluntarios, por estabilidad gremial y por embarazo y las “por mutuo acuerdo” viáticos, movilidad, gastos de representación.

En determinadas actividades, se pueden descontar de la base imponible de Ganancias los viáticos y los gastos de movilidad, incluso la amortización anual del automóvil, como vendedores de comercio y otras compensaciones de esta naturaleza.


Fuente: gremialesdelsur.com.ar

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